29 septiembre, 2025

XXX Congreso de Derechos Reales 2025

CON LA PARTICIPACION DE AUTORIDADES, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, DEL DISTRITO III, SANTIAGO DE CHILE, DEL DEPARTAMENTO CANELONES, REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, COMO TAMBIEN UNA DELEGACIÓN DE BRASIL E ITALIA, CON IMPORTANTES TRATADISTAS, AUTORES Y EXPOSITORES DE SUS OBRAS SOBRE DERECHOR REALES TUVO LUGAR EN EL EDIFICIO DE LA FACULTAD DE ABOGACIA EN EL CAMPUS UNIVERSITARIO AV. LIBERTAD AL 5.000 EL XXX SIMPOSIO DE DERECHOS REALES TENDIENTE A ABORDAR TEMAS DE ACTUALIDAD, RELACIONADO CON LA DEFENSA DE LOS DERECHOS PERSONALES PERSONALISIMOS, EN RELACION COMPARADA A LOS DERECHOS REALES, DIFERENCIAS, FACULTADES Y OBLIGACIONES, EL SUJETO COMO CENTRO DE LA VIDA EN SOCIEDAD, LAS GARANTÍAS Y LA INCORPORACIÓN DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL (I.A.) EN ESTE SIGLO XXI.

BRASIL, CHILE Y URUGUAY, EN AMERICA, COMO ASI TAMBIEN ITALIA, ESPAÑA, ALEMANIA E INGLATERRA DEL CONTINENTE EUROPEO POR PRIMERA VEZ EN EL DERECHO COMPARADO AQUI EN CORRIENTES, ARGENTINA. CON LA PARTICIPACIÓN DE DELEGADOS DE LA REPUBLICA POPULAR DE CHINA QUIENES TAMBIEN OFRECEN UNA APERTURA A SU RÉGIMEN COMUNISTA, DONDE NADA LE PERTENECE AL SUJETO DE ESTUDIO, PORQUE TODO ES DEL ESTADO, Y A PESAR DE TRADICIONES DISTINTAS ENCUENTRAN UN COMUN DENOMINADOR PARA UNIFICAR CRITERIOS ANTE EL AVANCE DE ALGO QUE NOS ATAÑE A TODOS Y QUE NOS ATROPELLA Y ARROLLA EN FORMA INEXORABLE EN FORMA UNIVERSAL, LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y LOS DISPOSITIVOS REMOTOS Y CELULARES, QUE LA VIDA COTIDIANA ENFRENTA A  A TODAS LAS SITUACIONES COMUNES A CAUSA DE LA UTILIZACIÓN DE TECNOLOGIA DESCONOCIDA.

EN ESE ASPECTO SE HIZO INCAPIÉ EN LA PERDIDA SISTEMÁTICA DE LA INTEGRACIÓN DE LA FAMILIA, Y EN LA NECESIDAD DE VOLVER A REPLANTEAR EL COMO VIVÍAMOS CON RESPETO A LAS PERSONAS Y A SUS MAYORES, CUANDO HOY PARECIERA QUE LOS JÓVENES NO VEN LA DIFERENCIA ENTRE PADRES E HIJOS COMO LA CONOCEMOS HOY, CON LOS DEFECTOS Y VIRTUDES PROPIAS DE LA CONVIVENCIA, ENTRE SUS INTEGRANTES Y SU CAPACIDAD O LIMITACIONES DE RESOLVER SUS PROPIOS PROBLEMAS SIN LA ASISTENCIA DE LA JUSTICIA.

ESTOS SISTEMAS DE INGENIERÍA ARTIFICIAL DEBERÍAN ACOMPAÑAR A LA EDUCACIÓN EN EL RESPETO A LAS TRADICIONES Y COSTUMBRES, SIN MODIFICAR LA CONVIVENCIA EN EL MARCO DE LAS REGULACIONES VIGENTES, COMO DECIA EL REPRESENTANTE CHINO, CHIN LU, QUE VIVIÓ A LA OSCURIDAD DE LOS HECHOS CIENTÍFICOS Y EN LOS AVANCES TECNOLÓGICOS EN SU MANCHURIA NATAL.



    

 

11 abril, 2025

CAUSA C.A.B.A. FALLO EJEMPLAR

Estimados lectores, traigo en esta oportunidad un "fallo" ejemplar dictado por la Jueza del Juzgado CC de la ciudad de Esquina, Provincia de Corrientes, y, en esta oportunidad me trae a mi en esta oportunidad actuando como Perito Agrimensor, y en rigor de las circunstancias, el club de futbol (C.A.B.A.) Club Atlético Berón de Astada del Pueblo de el Libertador salió bien librado con un dictamen mío, positivo hacia el club, por las casualidades del destino, claro está y por encontrar los elementos necesarios para atribuirles inocencia, ya que como demandados el club pasaba por una dura prueba, atravesaba un duro momento y también encontrando la coyuntura de la Jueza que no dudó en bajar el martillo apoyando mi dictamen. Recordemos que nosotros no hacemos informes técnicos, hacemos un dictamen en la cual el Juez se apoya para dictar sentencia, dejando toda la responsabilidad sobre nuestra persona, titulo profesional y matricula del Superior Tribunal de Justicia, hacemos lo que se dice, allanamos el camino para que V.S. solo falle (dicte sentencia) leyendo el dictamen y finiquite la causa, o sea convertimos a los jueces en Poncio Pilatos, y una vez allí solo resta ejecutar la orden de V. S. (vuestra señoría)  y, como auxiliar de la justicia somos el brazo ejecutor de la ley.











Resumiendo, la parte actora (antiguo dueño de los predios del club) le reclamaba al club en una acción, causa QXP 8388/22 lo que antes le había vendido, solo que su reclamo es una fracción para desalojar desde su terreno y pasar por dentro de los fundos del club. solo una parte, una servidumbre de paso activa, para derribar un sector de su muro y atravesar un predio de 10 metros por 150 metros, lo que en sus pretensiones el actor manifestaba que era una superficie mínima con la que contaría su predio para desalojar su terreno y así poder llegar a la calle, ya que la doctrina era que al ser un terreno dominante (el del actor) podría exigir la restitución de ese sector para salir a la calle desde su casa, ya que el muro le impedía, y por otra parte estaba con vida el actor, o sea quien le vendiera el terreno al club.

 pasando por el club ya que su terreno (el del actor) se habia al construir el muro perimetral el club, q 

10 octubre, 2024

SEMINARIO DE CATASTRO PARCELARIO E INMOBILIARIO

  DURANTE LOS DIAS 3, 4, 5 Y 7 DE OCTUBRE DEL 2024, SE LLEVÓ A CABO EN LOS SALONES DE LA MUNICIPALIDAD DE ITÁ IBATÉ UN SEMINARIO DE CATASTRO PARCELARIO E INMOBILIARIO.

   EN TAL SENTIDO, LA CAPACITACIÓN DE SUS AUTORIDADES DE PLANTA, EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS ESTA ENTRE LOS OBJETIVOS DEL SEÑOR INTENDENTE, DEL VICE INTENDENTE  Y OTROS MIEMBROS DEL GABINETE. 

   DICHO TITULAR DE LA CARTERA EJECUTIVA MUNICIPAL EL PROFESOR DON SECUNDINO MANUEL PORTELA RECALCO LA NECESIDAD DE ESTAR PREPARADOS PARA LOS TIEMPOS QUE CORREN, EN ESPECIAL PARA LOS JÓVENES QUE TIENEN LA POSIBILIDAD DE ACCEDER CON MAS FLEXIBILIDAD A LA TECNOLOGÍA DIGITAL ACTUAL EN MATERIA DEL CATASTRO Y SU USO ESPECIALIZADO, SISTEMAS CATASTRALES, DE POSICIONAMIENTO, DE TRATAMIENTO DE LA PARCELA E INCLUSO EL DEL IMPUESTO INMOBILIARIO.


 LA NUEVA TECNOLOGÍA NOS EXIGE ESTAR AL DIA EN LA INNOVACIÓN, Y PARA ESTA CAMPAÑA EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE EL VICE-INTENDENTE DON ROLANDO RIVERO LONGONI MANIFESTÓ OPORTUNAMENTE SU TOTAL COLABORACIÓN EN LA APLICACIÓN PRÁCTICA Y CREACIÓN DE LA NORMATIVA NECESARIA EN TAL SENTIDO, O SEA ACUERDO DEL CONCEJO.




    DEL MISMO MODO LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS QUE ASISTIERON A CURSO SE VIERON MOTIVADOS PARA DARLE ARRANQUE AL PROYECTO DE RENOVAR EL CATASTRO EN ESTE MUNICIPIO PARA ACTUALIZAR SU ACTIVIDAD Y MEJORAR SU ATENCIÓN AL PÚBLICO Y AL PROFESIONAL QUE REQUIERE ATENCIÓN.

    SE MANEJARON TEMAS QUE TIENEN QUE VER CON SISTEMAS CATASTRALES, ELEMENTOS DEL DERECHO POSITIVO, SISTEMAS DE INFORMACIÓN TERRITORIAL, OBLIGACIONES QUE REGULAN LA ACTIVIDAD DEL AGRIMENSOR Y LO CIÑEN A RESPETAR LOS PROTOCOLOS EN EL MARCO DE LA LEY NACIONAL DE CATASTRO 26.209/07, MAS LAS ORDENANZAS 2083/68 Y DISPOSICIONES GENERALES COMO LA 110/07 QUE REGULAN Y OBLIGAN AL AGRIMENSOR EN SU ACTIVIDAD Y DAN A LA SOCIEDAD LA SEGURIDAD JURÍDICA EN RELACIÓN A LA PARCELA COMO OBJETO JURÍDICO, MAS EL TERRITORIO, EN JURISDICCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE GENERAL PAZ EN LA PROVINCIA DE CORRIENTES.


12 octubre, 2021

REPLANTEO DE TITULO Y/O BOLETO DE COMPRA VENTA Y RECTIFICACIÓN

     Cliente 115: Estimado lector, nuevamente trabajando en la localidad de Paso de la Patria; e aquí un caso muy particular, los propietarios del nuevo predio se disponían a iniciar las obras, pero quisieron contar con un agrimensor para estar seguros de estar en su verdadero predio, adquirido con mucho esfuerzo. Tal es el caso de Elena y Roberto, pues bien; se presentaba algo irregular en cuanto a la geometría solo coincidía en el boleto una de las medidas de uno de sus lados. El de 27,30 m (ver en la foto), el frente 19,56m no era coincidente, es la línea que se encuentra marcada con circulo, tampoco coincidía el contrafrente de 10,64m, en la mensura ///

//Así pues se hicieron todas las verificaciones del caso y resultó que el terreno estaba lindando con una finca cuyo muro era materializado como otro de los lados del predio de mis clientes. Ya teníamos pues, fondo 27,30m y contrafondo, un muro de 2,00 m que media s/m 398-E 28,72 m y separaba el predio con su lindero Norte, en la manzana 263, R3-1353-1, FR 8171/2011, Lote 1, aquí viene el desafío, pues en los registros digitales de Catastro las dimensiones del y o en el terreno en archivos digitales de las computadoras no se ajustan con los hechos existentes en tierra, o sea en el sitio. 


¿Qué se debe hacer?, pues bien, se hace un acta de replanteo y se deja constancia de que para el profesional agrimensor, se ha realizado el ajuste lo mas preciso posible del lote en cuanto a su aspecto geométrico, luego se pide al notario que rectifique los valores de las líneas que no coincidan en su protocolo y por último se realiza una mensura nueva con los nuevos valores y superficie, a saber, nuevo acta, AB=18,70m; BC= 28,90m; CD= 9,80m y DA= 27,30m cerrando el polígono con una superficie de S = 389,03 m2.

                 

15 octubre, 2020

GUERNICA TIERRA DE NADIE O DE TODOS

    Estimado lector, evidentemente hay una semejanza que la historia nos entrega hoy, y es que nos obsequia la posibilidad de ver el futuro, como en el cuadro de Picasso, lo dantesco, lo increíble y la brutalidad a la enésima potencia de una guerra civil española que se vió reflejada en 1937 en un famoso cuadro llamado "Guernica", y, puede suceder en cualquier momento en nuestro país, y ser el inicio de "la nuestra", nuestra propia guerra civil. Ubicada en la provincia de Buenos Aires y reflejada en los hechos y acciones posesorias que gente de escasos recursos están llevando adelante, víctimas de una promesa política vaya a saber de que siglo, año o de que presidente de turno. Dice el refrán que la culpa no la tiene el chancho sino quien le da de comer, y aqui se cumple en todos sus aspectos, y que por alguna promesa dada vinieron a nuestro país en la época de algún (el/la) presidente, a labrar mejor futuro para sus familias, personas indocumentadas (o no) de nacionalidades limítrofes.

    Efectivamente, es lo que se constituyó como "la toma" bien llamado por los ciudadanos de origen paraguayo, uruguayo, brasilero, peruano, chileno y boliviano, que con el sueño de una vida/mundo mejor encontraron un territorio fiscal que le pertenece a "todos los ciudadanos que pagan impuestos" y que como es sabido desde que el mundo es mundo el que "toma y/o usurpa" no reconoce titularidad sobre bienes que no se encuentran poseídos; por tal motivo, esto que esta sucediendo en "Guernica" ocurriendo hoy, en ese sitio, tarde o temprano se iba a dar; esperemos que no de la peor manera y no como en España en 1937, en el marco de una guerra civil. Estamos en el 2020 aqui nomás en Buenos Aires, y como dijo el "ocupa" ayer en la entrevista del noticiero TN, hasta las últimas consecuencias. Dios guarde las vidas de estos ciudadanos y que no tengamos otro cuadro que pintar. 

    Lamentablemente, volvemos a explicar a los gobernantes, que el "dominio" es el mejor estado de la cosa y/o bien inmueble, y está compuesto por dos elementos, la "posesión" y el "título", la suma de estos dos elementos y/o ingredientes le da a la persona/Estado facultad de invocar para si, lo que se denomina "dominio" sobre el bien inmueble, y es de carácter "intransferible" "absoluto" e "irrevocable". Dando así una idea de protección de los bienes del Estado/personas por ese manto invisible llamada Constitución Nacional Argentina, y consagrada en el código civil para garantizar el derecho real sobre el terreno y/o parcela. El código civil es la ley fundamental, y quien no la respete, será considerado automáticamente por nuestra Constitución Nacional "sedicioso", "criminal" y "enemigo del Estado Argentino" y podría poner en peligro lo mas sagrado que tiene el ciudadano que es su "libertad". Estos actos de sedición están consagrados en el código penal para ser reprimidos adecuadamente, el Código Penal es un código represivo y necesario para solo mantener los limites en las conductas de acciones de personas que no desean armonía en la sociedad.

    Sucede, en mi opinión, que los usurpadores de guernica, actúan así, con prepotencia porque dudo que hayan interpretado bien, o explicado bien estas razones mencionadas en el párrafo anterior y que por negligencia política tal vez, omisión en los deberes de funcionarios públicos, falta de difusión de las secretarías de publicidad de las intendencias y/o municipalidades del sector en cuestión, se ha llegado a esta crisis existencial, a esta encrucijada política o ciudadana pluri-nacional. y se podría interpretar que los "ocupas" hayan sido victimas de un sistema político de gobierno demagogo que se desbordó.

    Bien está explicado que es el dominio y que es la usurpación y que es 5 a 10 años de prisión. Pero a veces pecamos de inocentes, porque tal vez y solo tal vez esta gente pluri-nacional, o solo algunos deseen fervorosamente ir a prisión, porque en este país allí si que va a tener garantizado techo y comida.

    Los funcionarios y el Juez, y la policía solo están cumpliendo con su trabajo, y protegiendo la integridad del territorio y garantizar la paz de sus ciudadanos que pagan diariamente los impuestos y mantienen la administración pública, dentro del marco del derecho, que es el que hay que respetar, "normas coercitivas, que regulan la vida del hombre en sociedad". Estimado lector busque si no sabe o duda, en el mataburros (diccionario) que es "coercitivas". Nada mas.  


24 diciembre, 2016

Carlos Romero y Familia (cliente 033)


Este video contiene el momento en que se reúnen los profesionales que atienden el caso de Carlos Romero y los testigos clave en su mensura, la cual por motivos desconocidos no se puede aprobar aún, el expediente duerme en Catastro el sueño de los inocentes. Expte 124-2305-10962 / F.R. 13.415/83 - Manzana "P" de la mensura 9967-U, con 80 años de posesión, sin ser reconocidos por la administración pública. La frase "RESERVA MUNICIPAL" es una frase consignada en una mensura que en mayor extensión necesita identificar el lugar que servirá para hacer una plaza paseo o parque y pasará a ser parte del bien inmueble de la administración pública en una superficie establecida reglamentariamente. Pues bien, este acto es reservado solo para el profesional agrimensor, autor material del plano y sus cálculos. En esta historia de la familia Rimero, según mis investigaciones, el agrimensor Sabaren autor de la mensura 9967-U, del año 1984, como por pedido de su comitente no pudo sacar a los Romero del sitio por 100 o 200 us, él hizo algo que no se hace, puso la frase "reserva municipal" sobre las cabezas de la familia Romero sin ningún tipo de remordimientos, habiendo incluso lugar libre al Norte del predio cruzando la calle nueva, en fin, el resto lo deducirá usted señor lector.

30 julio, 2016

DETERMINACION DE LA LINEA DE RIBERA

En la siguiente nota tenemos una determinación de la línea de ribera, ¿Dónde se aplica esta técnica? R: En los márgenes de ríos, orillas, en los márgenes de lagos, orillas y en los márgenes de mares y océanos, en sus costas. El caso de hoy, trata de verificar si una mensura aprobada por Catastro se encuentra ubicada en tierras fiscales o en terrenos particulares. ¿Cual es la diferencia?, y ¿como se verifica?, Pues bien, lo primero es determinar la línea de ribera en el entorno de la mensura, es una línea imaginaria que separa el bien público del bien privado, entiéndase por "Bien" la tierra parcela o accesión de tierra/sedimento y/o avulsión que el río trae con su fuerza arrasadora, siempre de un margen o del otro de la orilla, hay quita o suma de superficie, dependiendo de la corriente del río y de su sistema de movimiento laminar. Una vez determinada la línea de ribera, y, materializarla con mojones de HºAº en una funda de PVC de 0,100, se deja un alma de hierro del 6mm, y queda introducido por lo menos 0,60m, de manera que el hierro contenga en su cota la relacionada con su puerto local. Los mojones distribuidos cada 20m a lo largo de la línea de ribera son la referencia límite entre lo público y lo privado, y, se tratará de ubicar la mensura aprobada y/o registrada en la zona o sector de tierra donde refiere el plano. Una vez replanteado el plano, se podrá ver por donde pasa la línea de ribera, y se sacará una conclusión. Lo público se encuentra tocando las aguas, y la zona privada sería la interna relacionada generalmente con un camino o calle costera y/o costanera.