08 junio, 2011

EL PERITO AGRIMENSOR (parte I)

Muchos se preguntan para que sirve un perito agrimensor. Pues bien. Si les dijera que somos cuasijueces, sonreirían instantáneamente. Si, pues no les va a dar tanta risa, cuando les muestre esta foto, de un procedimiento llevado a cabo por quien les escribe. En una ciudad del norte de nuestra provincia, relacionada con la represa de Yaciretá, se lleva adelante un procedimiento que se denomina Inspección Ocular. Este operativo esta en el Código de procesales de nuestra Provincia de Corrientes y tiene por objeto auxiliar al Juez en la causa que se lleva adelante. En particular las litis, pueden surgir por cuestiones de límites, confusión de límites, usurpación de parcelas o bien haber sido víctimas de algún engaño al comprar, por parte de vendedores inescrupulosos de inmuebles, que sobran en nuestro país. Aquí en la imagen vemos a las partes constituidas en el lugar de la citación. La policía que cumple un rol fundamental y muchas veces no reconocido, y a los agrimensores de las partes de la litis que si bien son uno solo en conocimiento, tratan de ser ecuánimes con la parte que los contrato como asesores técnicos. En fin, dijimos que hay varios personajes en esta historia. Como se llega a estos acontecimientos es lo que voy a explicar para quien le interese saber. En el Superior Tribunal hay una especialidad para los agrimensores que deseen saber mas a cerca de su profesión que no sea hacer mensuras solamente. Claro, deberán pasar primero por un examen muy exigente, y, como son públicos y las notas aparecen en los diarios locales, muchos no quieren acceder a rendir por miedo a que si les va mal, aparezcan escrachados con sus nombres y apellidos allí y claro, por miedo al papelon y la cargada de los colegas no se presentan y no rinden, mal hecho. Debemos ser mas en la matricula del perito agrimensor, porque somos pocos; Tanto es así, que hay agrimensores quienes toman posesión de cargos en causas y no son peritos, estando instantaneamente en concurso real y flagrante de un delito tipificado en el Código Penal en el art. 246 apartado 1, que postula sobre la usurpacion de función pública, títulos u honores. En fin, se debe estudiar y salir adelante. Y velar por la sociedad. Y como profesionales dar el ejemplo de hacer las cosas bien.



En la foto se ven las personas quienes, cumplen un rol determinado; están abogados, agrimensores, policias, las partes interesadas y Yo, quien dirige el procedimiento, auxiliar de la justicia, y durante el procedimiento estoy en un rango superior a los demás participantes, como funcionario y oficial, constituido en el lugar como Perito agrimensor, quien previamente tomo posesión del cargo para esta causa en particular. Como se desarrolla el procedimiento con la formalidad del caso, debo ser reconocido por los demás con todas mis facultades, o sea, por todos los que participan en ese momento; hago la salvedad, que aquella persona, quien no reconozca la autoridad del Perito Agrimensor puede declarársela en rebeldía, con las consecuencias del caso; Debe por su bien retirarse instantaneamente o excusarse por escrito y claro, su ausencia aporta por un lado la tranquilidad, garantizando que el procedimiento se desarrolle con calma y bien. Por otro lado puede ser negativo para los resultados que su parte procura, o también ser en un futuro requerido por el Perito o el Juez dentro del plazo de ejecución de la pericia.


¿Que diferencia hay con los otros agrimensores que también participan?. sustancial, y es, que esta con rango superior a todos y por ende a sus dos colegas, por mas que alguno de sus colegas sea perito matriculado también, pero no funciona como perito en ese momento ni en esa causa, solo como asesor técnico de la parte que lo requirió, no debe tomar posesión del cargo, como algunos creen, ni deben presentarse a los tribunales, sus diligencias e informes deben ser procuradas a través del abogado de su parte en juicio. Entonces, dentro de la formalidad, se respeta lo que se llama protocolo y cumpliendo el rito se perfecciona la actividad, y se logra que el procedimiento se desarrolle con celeridad.



¿Que rol cumple la policía? Cuida al funcionario, su persona esta en cierto riesgo durante el procedimiento, por tal motivo debe ser tratado con cuidado, y la fuerza pública colabora con su cometido. Recuerdo un procedimiento en el interior de la provincia de Corrientes, que llegamos a un campo y nos acercamos con el vehículo a la tranquera, esto ya hace algunos años cuando comencé; recuerdo que al bajar de la camioneta, del patrullero, tocamos palmas para llamar a su supuesto poseedor, la causa estaba muy fresca y muy candente. Nadie quería ceder según estudie en el expediente, también recordé que nadie se entrega facilmente, nadie quiere perder o hacer fuerza de última para hacerse escuchar y usa cualquier medio para ello. De repente, veo venir a toda velocidad hacia nosotros dos perros rod-wailer dogos entrenados para despachar presas. Y saltamos dentro de la camioneta. Los mastines rodearon el vehículo con avidez de encaro, y claro, noté con preocupación como es el lenguaje del campo para estos menesteres. Luego, como quien no quiere la cosa, un señor pregunta quien es. quien golpea las manos, haciéndose el sordo; yo diría, quien queda vivo luego de la perrada. Esto es muy serio para tomar en consideración, por quienes deben autorizar a tener una defensa personal con nosotros en ese preciso instante.


Por el momento hasta aquí. Gracias.















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